Qué hacer en un accidente de moto en Colombia: heridos, choque simple, IPAT y SOAT paso a paso
Con heridos, la escena no se toca y la autoridad hace el IPAT; si solo hay daños, se toman pruebas, se retiran los vehículos y se concilia. Así cubre el SOAT.

Los primeros minutos después de un accidente de moto definen la atención de los heridos y el proceso legal. En Colombia la ley distingue dos escenarios: si hay lesionados, la escena no se toca y la autoridad elabora el informe policial (IPAT); si solo hay daños materiales, desde la Ley 2251 de 2022 los conductores deben tomar pruebas, retirar los vehículos de inmediato y arreglar en un centro de conciliación. En ambos casos, el SOAT cubre la atención médica de cualquier víctima. Esta es la guía paso a paso.
🚨 Primero: proteger, avisar y socorrer
El protocolo de primeros auxilios conocido como PAS ordena las prioridades:
- Proteger. Detenga la moto en un lugar seguro, póngase el chaleco reflectivo y señalice el sitio para evitar un segundo choque.
- Avisar. Llame a la línea de emergencias 123 y dé la dirección exacta y el estado de los heridos. La Alcaldía de Bogotá, por ejemplo, recomienda esa información para que despachen la ambulancia adecuada; el procedimiento puede variar según el municipio.
- Socorrer sin empeorar. Si no tiene formación en primeros auxilios, no mueva al herido ni le jale los brazos o las piernas. Acompáñelo y manténgalo tranquilo hasta que llegue la ayuda.
No le quite el casco a un motociclista herido. Las guías de primeros auxilios para motociclistas advierten que retirarlo mal puede causar daños graves e irreversibles en la columna. Solo el personal de salud, idealmente dos personas, debe hacerlo, por ejemplo si hay que reanimarlo o despejar la vía aérea.
Ayudar no es opcional: el artículo 131 del Código Penal castiga la omisión de socorro, es decir, no auxiliar sin justa causa a alguien cuya vida o salud está en grave peligro, con prisión de 32 a 72 meses.
🚔 Si hay heridos: no mueva los vehículos
Cuando hay lesionados, la escena hace parte de la investigación. La Secretaría de Movilidad de Bogotá explica que no se debe alterar y que los vehículos quedan inmovilizados porque forman parte de la cadena de custodia; se devuelven tras el peritaje técnico.
El agente de tránsito elabora el Informe Policial de Accidentes de Tránsito (IPAT), con el croquis, y entrega copia a los conductores, que deben firmarlo. Según el artículo 149 del Código de Tránsito, el informe registra, entre otros datos, el estado de frenos, luces y llantas, y se remite a la autoridad penal. En los casos con lesionados o muertos, la autoridad debe enviar a los conductores a la prueba de embriaguez. Tenga a mano su licencia, la tarjeta de propiedad y el SOAT.

Foto: Chmee2, CC BY-SA 3.0, Wikimedia Commons
🤝 Si solo hay daños: el choque simple
El artículo 143 del Código de Tránsito, modificado por la Ley 2251 de 2022, y la Circular Externa 20224000000057 del Ministerio de Transporte fijan el procedimiento cuando no hay heridos:
- Tome pruebas con herramientas técnicas o tecnológicas, como fotos y videos, que garanticen que el material es auténtico y sirve después como prueba. Ese material reemplaza el informe de accidente.
- Retire los vehículos de inmediato, estén asegurados o no, para no bloquear la vía. Si se niega, la autoridad puede retirarlos e imponer el comparendo C3 por obstaculizar el tránsito, salvo que el vehículo no se pueda mover o haya sustancias derramadas que deba limpiar personal capacitado.
- Concilie. Las partes acuden a un centro de conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia, sin necesidad de informe ni de presencia de la autoridad de tránsito. Si no hay acuerdo, quedan abiertas las demás vías judiciales.
- Si sospecha que el otro conductor está embriagado, cualquiera de las partes puede negarse a mover los vehículos hasta que se hagan las pruebas de ley.
Si tiene un seguro voluntario, avísele a su aseguradora desde el primer momento: la circular le exige explicar qué herramientas usar para recoger las pruebas.
🏥 El SOAT y la atención en urgencias
Ningún hospital puede negarle la atención inicial de urgencias: el artículo 168 de la Ley 100 de 1993 la hace obligatoria para todas las entidades de salud, públicas y privadas, sin contrato ni orden previa. El SOAT cubre a cualquier persona que sufra daños en su salud por un accidente de tránsito, sea conductor, pasajero o peatón, con estos topes por víctima, según el Decreto 780 de 2016:
| Cobertura del SOAT | Tope por víctima |
|---|---|
| Gastos médicos, quirúrgicos y hospitalarios | Hasta 800 salarios mínimos diarios |
| Incapacidad permanente | Hasta 180 salarios mínimos diarios |
| Muerte y gastos funerarios | 750 salarios mínimos diarios |
| Transporte al centro de salud | 10 salarios mínimos diarios |
Los gastos médicos los cobra directamente la clínica u hospital a la aseguradora. La incapacidad temporal no la paga el SOAT, sino la EPS o la ARL, según el caso. Rodar con la póliza vencida tiene sanciones, como explicamos en la nota sobre evasión del SOAT; si va a renovarlo, revise las tarifas de 2026 para motos.
📚 Fuentes
- Código Nacional de Tránsito: artículo 143 (daños materiales)
- Código Nacional de Tránsito: artículo 149
- Ministerio de Transporte: Circular Externa 20224000000057 sobre choques simples
- Alcaldía de Bogotá: a quién llamar en un accidente con víctimas
- Seguros Sura: reglamento y coberturas del SOAT
- Ley 100 de 1993: artículo 168
- Código Penal: artículo 131, omisión de socorro
- Mapfre: guía de primeros auxilios para motoristas
Sobre esta nota: los datos normativos se verificaron con las fuentes oficiales citadas. Esta guía es informativa y no reemplaza la asesoría de un abogado. Conoce cómo trabajamos.
Fuente: Ministerio de Transporte
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